Recientemente, el martes 1 de febrero, el Congreso ha aprobado, en primera votación, una modificación significativa de la formación y conformación del Comité Directivo (CD) de la SUNEDU. La votación registrada fue de 69 votos a favor, 39 en contra y 2 abstenciones. Políticamente representa una curiosa alianza política entre la derecha (Fuerza Popular y Renovación Popular) y la izquierda (Perú Libre). ¿Qué modificaciones han sido aprobadas en esta primera votación?
Actualmente forman parte del CD de la SUNEDU: Presidente Dr. Oswaldo Zegarra Rojas, Dr. Víctor Peña Rodríguez, Dr. Waldo Mendoza Bellido, Dr. Aurelio Ochoa Alencastre, Dr. Luis Huicho Oriundo, Dr. Jorge Ricardo Gonzales, Dr. Benjamín Marticorena Castillo.
La modificación aprobada por el Congreso incorpora a dos representantes de las universidades públicas y un representante de las universidades privadas; un miembro del CONCYTEC, uno del SINEACE, uno del MINEDU y el último proviene del Consejo de Decanos de los Colegios Profesionales. ¿Cuál es la diferencia con la ley universitaria 30220? El art. 1 de la ley establece que el Ministerio de Educación es el "ente rector de la política de aseguramiento de la calidad en la educación superior universitaria" y el art. 13 señala que la responsabilidad de la SUNEDU es el licenciamiento para la educación superior universitaria, verificando el cumplimiento de condiciones básicas de calidad del servicio educativo (CBC). SUNEDU sostiene que la modificación aprobada por el Congreso va a destruir los avances logrados desde el año 2014. El centro de la crítica es precisamente la presencia en el Consejo Directivo de tres representantes de las universidades.
La respuesta de la SUNEDU resulta clara en este punto. Sostiene que "los supervisados no se supervisen a sí mismos", "es como si los Bancos tuvieran asiento en la Superintendencia de Banca y Seguros" "o las empresas de telecomunicaciones tuvieran voto para designar a los miembros del OSIPTEL" "o si REPSOL tuviera representantes en OSINERGMIN". Estas declaraciones parecen una exageración si se tiene en cuenta que el número de representantes de las universidades sigue siendo el mismo. Sin embargo en la modificación aprobada por el Congreso hay una trampa y es letal. Mientras los tres miembros del Consejo Directivo que provienen de las universidades no representan a las universidades, los tres miembros propuestos en la modificatoria si los representan. Los art. 17.1.1 y 17.1.2 modificados por el Congreso, establecen que los representantes de las universidades son elegidos en una convocatoria realizada por la Universidad Pública y Privada, respectivamente, más antigua del Perú. En el caso de las Universidades Públicas la convocatoria le corresponde a San Marcos. Pero ¿quiénes son los electores? "los rectores de las universidades" (¡¡!)
En breve: para elegir a los dos miembros del CD de la SUNEDU que representan a las Universidades Públicas, San Marcos hace la convocatoria y los rectores de las Universidades Públicas eligen a los dos representantes. Es decir, las Universidades que deben ser supervisadas, de acuerdo con la ley, para asegurar las CBC, son los supervisores de las condiciones básicas de calidad.
Más aún. El Superintendente de la SUNEDU, de acuerdo con la modificatoria del art. 20 aprobada por el Congreso, es elegido "entre los miembros del Consejo Directivo".
Si los rectores eligen a 3 de 7 miembros del CD, tienen el 43% de los votos para elegir al Superintendente, les basta coludirse con un miembro del CD para obtener, al menos, el 57% de los votos y los supervisados se convierten en supervisores.
¿Cómo se eligen actualmente a los miembros del CD? De los 7 miembros, 2 son designados directamente: el superintendente, por el MINEDU, y el representante del CONCYTEC. Los otros 5 miembros son elegidos por concurso público, 2 provienen de Universidades Públicas y 1 de las Universidades Privadas. Los siete son designados por resolución suprema. Ninguno de los supervisores son parte de los supervisados. Es muy importante tener en cuenta que los tres miembros de las universidades no son elegidos por las universidades y no las representan.
¿Cuáles han sido los resultados de la SUNEDU desde su nacimiento?
Cada una de las Universidades ha tenido que someterse al proceso de licenciamiento que implica el cumplimiento de las CBC. Al 15 de enero del 2022 SUNEDU a otorgado un total de 95 licenciamientos. Al 15 de enero del 2022 SUNEDU ha denegado un total de 50 licenciamientos. Del total de 145 universidades (incluyendo 4 escuelas de posgrado) el 66% obtuvo el licenciamiento. Del total de 49 universidades Públicas, 47, el 96% obtuvo el licenciamiento. Del total de 96 universidades privadas, 48, el 50% obtuvo el licenciamiento. Del total de 41 universidades privadas asociativas, 29, el 71% obtuvo el licenciamiento. Del total de 55 universidades privadas societarias, 19, el 35% obtuvo el licenciamiento.
Cabe destacar que la más alta tasa de licenciamiento se ha logrado en las universidades públicas, 96% versus 50% de las universidades privadas. Y dentro de las universidades privadas la tasa más alta de licenciamiento se ha logrado en las universidades privadas asociativas, 71% versus 35% de las societarias. Las universidades privadas societarias son las que tienen fines de lucro.
¿Quiénes pueden estar interesados en modificar el CD de la SUNEDU? ¿Las universidades públicas con una tasa de 96% de licenciamiento o las universidades privadas con una tasa de licenciamiento del 50%. Una de cada dos universidades privadas no obtuvo el licenciamiento. Y en el caso de las universidades con fines de lucro, dos de cada tres no obtuvieron el licenciamiento.
¿Cuál es la diferencia entre la elección directa, desde el MINEDU, con la elección universal de docentes y estudiantes? ¡Que docentes y estudiantes son los supervisados!. La forma no cambia el fondo. ¿Cómo sería la campaña electoral de un candidato a Superintendente? !Voten por mí, prometo no supervisarlos! Es un absurdo total. Para parafrasear al actual Superintendente, es como elegir al Superintendente de la SBS en elecciones universales, directas y secretas, con el voto de todos y cada uno de los accionistas y la plana gerencial de todos los bancos. La UNI se ha limitado a proponer la elección del Superintendente sin decir nada del resto de los integrantes del CD es una posición incompleta. ¿Cuál es la posición de San Marcos? ¡La misma!
Es decir, el 10 de diciembre la rectora de San Marcos propone la elección del Superintendente de manera democrática entre sus miembros, y el 15 de diciembre el rector de la UNI propone que esta elección sea universal con la participación de docentes y estudiantes. La primera quiere una elección entre los propios miembros del CD, el segundo quiere que docentes y estudiantes de todas las universidades elijan al Superintendente. No hay diferencia significativa entre ellos, ambos quieren que el Supervisor sea elegido por los Supervisados, la primera mediante elección indirecta y el segundo mediante elección directa. La presentación de la Rectora de San Marcos en el Congreso está en línea con el proyecto final de modificatoria aprobado en primera votación: los rectores eligen a sus tres representantes (art. 17 párrafo final de la modificatoria).
El lunes 7 de febrero un grupo de universidades se acaba de pronunciar, en contra del proyecto del Congreso. Firman 18 universidades, 14 son privadas. Las universidades públicas firmantes son: la UN de Huancavelica, la UN de San Agustín, la UN Jorge Basadre Grohman y la UN Toribio Rodríguez de Mendoza. No es la primera vez que se pronuncian. El 13 de diciembre fueron 14 las universidades que se pronunciaron en el mismo sentido. En el pronunciamiento del 13 de diciembre firman solo dos universidades públicas: la UNSA y la UNTRM. En el pronunciamiento del 7 de febrero se han incorporado la UN Jorge Basadre Grohman y la UN de Huancavélica.
También se han pronunciado trece ex rectores, los primeros en haber sido elegidos mediante votación universal, todos en contra del proyecto. Uno de ellos es el ex Rector de la UNI Jorge Alva.
San Marcos, con su rectora Jeri Ramón, es actualmente presidente de la ANUPP (Asociación Nacional de Universidades Públicas del Perú). La ANUPP se acaba de reunir, el 4 de febrero, en las instalaciones de la UNALM. En esta reunión, bajo el nombre de Encuentro Nacional de Rectores de Universidades Públicas ,participó el MINEDU y la DIGESU pero no la SUNEDU. Extraño, muy extraño. Hasta el día de hoy, 11 de febrero, ANUPP no ha publicado ningún acuerdo tomado en esta reunión. Extraño, más que extraño.
De otro lado la ASUP (Asociación de Universidades del Perú) que reúne a universidades públicas y privadas tampoco se ha pronunciado. El último pronunciamiento publicado por ASUP fue en abril del 2020 con el tema del COVID 19. ASUP afirma que cuenta con 75 universidades miembros pero no publica ninguna lista y por los logos que presenta, los miembros no serían más de 30.
En resumen, San Marcos y la UNI se han pronunciado a favor que los supervisados elijan al superintendente de la SUNEDU. Las Universidades Públicas y Privadas licenciadas no se han pronunciado frente al proyecto del Congreso aprobado en primera votación. Las Universidades que se han pronunciado en contra de este proyecto llegan a ser catorce. Las movilizaciones del fin de semana no han sido nada significativas. Un panorama lamentable.
Estimado profesor Guillermo Pereyra, las universidades públicas no son empresas, de manera que es inválido el ejemplo al que acude SUNEDU, equiparándose a la SBS, OSINERGMIN u OSIPTEL. El concepto universidad = empresa es propio del neoliberalismo. La educación superior es un derecho humano fundamental, no es una mercancía que deba estar sujeta a las leyes del mercado, tampoco es servicio para ser objeto de organismos reguladores. Y sí, la autonomía es un principio histórico y derecho fundamental de las universidades, especialmente las de América Latina. Las universidades-estafa se crearon al amparo del Decreto Legislativo 882, expedido por el fujimorismo, que introdujo la noción de lucro en la Educación. La Ley Universitaria vigente avaló el lucro en la educación universitaria y la existencia de universidades privadas societarias, con fines de lucro.
ResponderEliminarEn el artículo señalo que en el caso de las universidades de lucro, 2 de cada 3 no obtuvieron la licencia y en el caso de las universidades públicas 47 de 49 obtuvieron el licenciamiento. Esto demuestra que la universidad pública cumple las CBC. El tema de la supervisión no se agota en el concepto de empresa. El ejemplo me pareció muy bueno, el supervisado no puede ser el supervisor ni elegir al supervisor y en el caso de las universidades se requiere la supervisión. Cuando el rector de la UNI propone la elección universal del supervisor por parte de los supervisados genera incentivos perversos. SUNEDU no es la maravilla, yo hice una denuncia contra una Universidad Privada y SUNEDU no quizo intervenenir. Más grave fue el caso de la UNI cuando SUNEDU había prohibido la participación de Jorge Alva por ser rector interino y luego cambió la norma para que sí pueda serlo. Pero en este caso el tema es la práctica liquidación de un sistema de supervisión. Saludos.
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