viernes, 28 de abril de 2023

VIERNES 28 EN LA UNI: ¿NO LABORABLE O LABORABLE?

La Gaceta #29 del 26 de abril , nos informa que el viernes 28 es no laborable, en aplicación del DS 151-2022-PCM. Pero el contenido de esa Gaceta, de un solo párrafo, muestra que sus autores no han leído el DS o peor, lo han leído  y no lo han entendido. 

Más allá de la redacción de inicio, ("Se hace de su conocimiento"), el contenido sostiene que el viernes 28 de abril no es laborable, pero puede ser laborable en modalidad virtual; que el sábado 29 de abril están suspendidas las actividades administrativas y no dice nada de la recuperación de las horas no laboradas. El comunicado termina con un "Feliz Día del Trabajo". Pero el primero de Mayo no es el día del trabajo, es el !! día internacional de los trabajadores ¡¡.

Entidades como el Banco de la Nación, ESSALUD y muchas otras, no acatan los días no laborables programados por el gobierno. ¿Por qué?. 

Porque es compensable en los siguientes 10 días o en el plazo que el titular de la entidad señala y esa compensación no compensa el día no laborable. Si se tienen que reponer 8 horas de trabajo del día no laborable y el horario de trabajo es de 8 am a 5 pm, se tiene que compensar, por ejemplo, de 8 am  a 7 pm los cuatro días siguientes del día no laborable.

Entre trabajar normalmente un día o trabajar 2 horas adicionales durante los siguientes cuatro días, muchos prefieren la primera opción. Pero esta sería la situación en el caso de los trabajadores no docentes de la Universidad, que cuentan con una horario diario regular. Los Docentes no tenemos un horario diario regular.

Para el docente el día no laborable representa clases perdidas, en un horario ya establecido para todo el semestre académico. ¿Cómo se reponen las clases en los próximos 10 días, inmediato posteriores, como establece el DS en el artículo 2? 

Por ejemplo, si el viernes el docente tiene clases de 8 a 10 y luego de 11 a 13. ¿Cómo las repone en los siguientes 10 días, teniendo en cuenta la disponibilidad común de horarios con los estudiantes. Muy difícil, para no decir imposible.

Pero La Gaceta parece comprender el problema y tiene la "solución". La Gaceta, órgano oficial de la Universidad dice en su único párrafo que "deja total libertad a las Facultades para que continúen brindando el servicio académico en modalidad virtual el viernes 28 de Abril

¿Cómo? Eso viola el DS. El DS establece que el 28 es un día no laborable. ¿Cómo hacen laborable un día no laborable?. De otro lado, ¿qué tiene que ver la modalidad de enseñanza virtual aquí? Según La Gaceta, el 28 no hay clases presenciales, pero pueden haber clases virtuales "a fin de no afectar el Calendario Académico". 

En breve, para los trabajadores administrativos el día no laborable es no laborable, pero para los docentes puede ser laborable. Si a las autoridades les preocupa afectar el calendario académico, podían mantener las clases de manera normal aplicando el artículo 3 del DS.


Basta que las autoridades de la UNI, el Rector, la Vicerrectora académica y los Decanos, declaren que el servicio educativo universitario es indispensable para la sociedad y mantener las clases normales. Y esto no impide que el 28 siga siendo un día no laborable para los trabajadores administrativos. Es en base a este art. 3 que entidades como el Banco de la Nación, ESSALUD y otros cumplen con brindar sus servicios indispensables.

¿Por qué el gobierno establece días no laborables compensables. Porque está interesado en que los trabajadores del sector público hagan turismo (1) y de esa manera contribuyan a la reactivación económica. Con los salarios de docentes y trabajadores ¿hacer turismo viernes, sábado, domingo y lunes?. Esto puede ser correcto para los trabajadores privilegiados del sector público. Pero no para la gran mayoría cuyos salarios no nos permiten consumir turismo.

Esperamos no ver otra Gaceta como esta y que el 30 de junio, 27 de julio, 9 de Octubre, 7 de Diciembre y 2 de Enero del 2024 no tengamos otro día no laborable compensable.

Finalmente, una última corrección a La Gaceta. El PRIMERO DE MAYO, no es el día del trabajo, es el DÍA INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES. Celebraremos el PRIMERO DE MAYO, día festivo, no laborable y no compensable.




(1) Ver los considerando del DS 151-2022-PCM

miércoles, 26 de abril de 2023

UNI: LAS NOTAS FINALES Y EL CAMBIO QUE REGISTRARON DURANTE EL COVID19

 
En este blog hemos venido analizando el comportamiento de las notas promedio finales por escuelas en el período 2012-2022, 11 años, 22 semestres académicos y dos subperíodos con diferentes modelos de enseñanza. El subperíodo que va del 2012-1 y termina el 2019-2, y el sub período que va del 2020-1 y termina el 2020-2. El primer subperíodo corresponde a la vieja presencialidad, la modalidad TPS (tiza, pizarra, saliva). El segundo sub período corresponde a la presencialidad virtualizada, a la que algunos, presuntuosamente, llaman virtualidad; es el sub período donde la misma clase presencial se desarrollaba mediante videoconferencias en tiempo real.

La vieja presencialidad fue alterada por el COVID19, aquí en el Perú y en todo el mundo. 

El rápido contagio del virus, su alta morbilidad y mortalidad y la ausencia de vacunas, obligaron a suspender las clases presenciales y reemplazarlas por las remotas. En la UNI, el semestre 2020-1, que debía iniciar en marzo, inició tres meses después, en junio. Durante cinco semestres, la mitad de una carrera en cualquier escuela, los estudios no fueron presenciales. ¿Qué pasó con las notas?

En el cuadro de la izquierda se puede apreciar la nota promedio final por escuela, registrada en ORCE, en los últimos 22 semestres, del semestre 2012-1 al semestre 2022-2, en términos de notas aprobatorias o desaprobatorias. Los semestres con notas promedio finales desaprobatorias, obtenidas por cada una de las 28, de las 29
(1) escuelas de la UNI, están ordenadas de menor a mayor.

La que aparece en el número 1, la escuela de Matemática, ha obtenido notas desaprobatorias en 17 de los 22 semestres estudiados. Junto con matemática, las escuelas de Telecomunicaciones, Textil, Electrónica, Eléctrica y Naval, registran notas promedio finales desaprobatorias en, al menos 12 de los 22 semestres del período bajo estudio.

Es importante relievar el caso de las escuelas de Ing. Ambiental, de Minas, de Petróleo y Gas Natural, de Geológica y de Petroquímica, que no registran notas promedio finales desaprobatorias en los 22 semestres. Es decir, registran notas promedio finales aprobatorias en los 22 semestres.

Estos resultados cambian si separamos el período de estudio en dos sub períodos, diferenciados por el modelo de enseñanza aprendizaje. El primer subperíodo es el de la vieja presencialidad. Va del semestre 2012-1 al 2019-2. Y el segundo es el de la presencialidad virtualizada. Va del semestre 2020-1 al 2022-2. (2)



Analicemos primero el subperíodo de presencialidad virtualizada. En el cuadro de la derecha se pueden apreciar los resultados. La escuela de Ingeniería Naval y la de Matemática, son las únicas del total de 28 escuelas, que han registrado notas promedio finales desaprobatorias en 2 de los 6 semestres de este subperíodo. 26 de las 28 escuelas registraron notas aprobatorias en todos los seis semestres que van del 2020-1 al 2020-2.
(3)

Es un resultado muy interesante. Durante la presencialidad virtualizada se registraron notas promedio finales aprobatorias en el 93% de las escuelas. Da la impresión que, al abandonar la vieja presencialidad y sustituirla por la presencialidad virtualizada, la probabilidad de aprobar un curso se incrementó significativamente. ¿Por qué?

Para algunos el plagio puede ser una explicación. Con una presencialidad virtualizada, es muy probable que las evaluaciones han seguido teniendo las mismas características que se aplicaban durante la presencialidad. Los docentes, en general, no estaban capacitados para evaluaciones en entornos virtuales sincrónicos y asincrónicos. Esto puede haber debilitado el rigor de las evaluaciones, además de haber incrementado la oportunidad del plagio.

En este blog hemos comentado los cambios que algunas facultades aprobaron en base al prejuicio del plagio. El punto de partida fue reconocer el incremento de las notas promedio. Y se decidió por una fórmula de examen "escrito" en tiempo real y con supervisión visual de cada estudiante. Pero el resultado siguió siendo el mismo para todo este subperíodo.

Analicemos el subperíodo de la vieja presencialidad. El gráfico de la izquierda muestra los resultados. 

Se puede apreciar que 5 de las 28 escuelas obtuvieron notas promedio finales aprobatorias durante los 16 semestres de este subperíodo. Se trata de las escuelas de Ing. Ambiental, de Minas, de Petróleo y Gas Natural, Geológica y Petroquímica.

A estas escuelas se les puede sumar las de Metalúrgica, Industrial y Civil, que registran solo un semestre con notas promedio final desaprobatorias.

Las escuelas con mayor número de semestres que registran notas promedio finales desaprobatorias son las de matemática e Ing. Textil.

A las escuelas que les fue relativamente bien en el subperíodo de la vieja presencialidad les fue bien en el subperíodo de la presencialidad virtualizada. Pero también a las que no les fue bien, les fue bien durante la presencialidad virtualizada. En consecuencia las escuelas "jaladoras" y las "no jaladoras" son neutras frente a la presencialidad virtualizada. A todas, parece, que les ha ido bien.

Sin embargo las notas solo reflejan que durante la presencialidad virtualizada  el promedio final por escuela aumentó y aumentó significativamente desde el primer semestre de ese subperíodo.

Para tener una mayor claridad en relación a este descubrimiento, vamos a analizar el comportamiento de las notas promedio finales por escuela, en los dos últimos años de la vieja presencialidad: del 2018-1 al 2019-2. Los cuatro cuadros que siguen grafican ese comportamiento:

En todos los casos se aprecia, para el conjunto de las 28 escuelas, que las notas se mueven muy cerca de la nota mínima aprobatoria, 10 en la UNI. Los dos últimos años de la vieja presencialidad tienen esa característica común. 

Pero ¿qué ocurre en los dos años siguientes? ¿qué ocurre cuando se cambia de la vieja presencialidad a la presencialidad virtualizada? Veamos el comportamiento de las notas promedio finales por escuela desde el semestre 2020-1 al 2021-2.


La diferencia de comportamiento es muy clara. Los dos últimos años previos al COVID19, las notas promedio finales por escuela fueron significativamente menores a las notas obtenidas durante los primeros cuatro semestres de la presencialidad virtualizada, modalidad incorporada por la emergencia sanitaria. ¿Agradecerle al virus la mejora en el rendimiento académico? Claro que no.
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(1) No se ha tomado en cuenta la escuela de Ciberseguridad de muy reciente creación
(2) La modalidad de enseñanza autorizada por SUNEDU para la UNI es de presencialidad. Debido al COVID19 SUNEDU autorizó la modalidad virtual de forma excepcional. En este blog preferimos emplear el término de presencialidad virtualizada, en lugar de virtualidad, porque se ha limitado principalmente, a clases mediante videoconferencias en tiempo real.
(3) El semestre 2022-2 tuvo un comportamiento híbrido, cursos presenciales y cursos virtuales. La obligatoriedad de la presencialidad se ha aplicado rigurosamente a partir del 2023-1.

lunes, 17 de abril de 2023

UNI: ¿SI 20 ES TRECE, CUÁNTO ES TRECE?

 
Si aplicamos la regla de tres simple al simple problema del título de este artículo, la respuesta simple es...13. Sí, al menos si tomamos en cuenta lo que algunos dirigentes estudiantiles me dijeron hace unas pocas semanas, frente al reclamo de 9 estudiantes en el examen de aplazados. 

El argumento es que, si un estudiante obtiene 20 en la nota del examen, los Docentes estamos obligados a registrar 13 como nota. Pero si el estudiante obtiene 13 en el examen de aplazados, los Docentes tenemos que registrar 13, y 12 si obtienen 12 y 11 si obtienen 11 y 10 si obtienen 10. Y si el estudiante obtiene en el examen de aplazados la nota 19 o 18 o 17 o 16 o 15 o 14, los Docentes tenemos que registrar la nota 13 para cualquiera de esas notas. No me dijeron nada sobre la nota que tendríamos que registrar si el estudiante obtiene una nota menor a 10 en el examen de aplazados. ¿Cómo se puede entender todo esto?

La pregunta del título de este artículo es pertinente. Si 20 es 13, de acuerdo con estos estudiantes, 13 es 13. Y si esto es cierto lo que estaríamos haciendo es discriminar a los estudiantes. Si al estudiante que obtiene nota 20 le quitamos 7 puntos para registrar su nota ¿por qué al que obtiene nota 13 lo dejamos con esa nota? Se reprime al que tiene mejor rendimiento y se premia al que tiene mayor rendimiento. Mi respuesta fue sencilla: no discrimino a nadie. Si 20 es igual a 13, 13 es igual a 8 (en números enteros). Basta con aplicar la regla que aplicaba Al Jwarizmi hace más de mil años, la regla de tres simple. 

Para algunos dirigentes estudiantiles, la regla de tres simple deja de funcionar en la UNI debido al Reglamento del Examen de Aplazados

¿Qué es el examen de aplazados? En este blog ya tratamos este tema, y lo tratamos hasta en tres oportunidades. La primera fue el 18 de febrero pasado, la segunda el 23 de febrero pasado, y la última el pasado 21 de marzo. En todos esos artículos manifestamos nuestro rechazo al denominado examen de aplazados, básicamente porque genera incentivos académicos perversos. 

¿De qué se trata? Si el estudiante en un curso estándar (prácticas calificadas, examen parcial y final, por ejemplo) termina desaprobado al obtener una nota promedio final menor a 10, tiene todavía una opción "final" que es el examen sustitutorio. La nota del examen sustitutorio sustituye la nota de uno de los exámenes, el que más favorezca al estudiante. Y aquí termina todo... o mejor, aquí terminaba todo

Porque el año 2018, al borde de la implementación de la ley universitaria cuando restringe y termina separando a los estudiantes de bajo rendimiento académico, las autoridades de entonces no tuvieron mejor idea que implementar una última oportunidad. La última antes de aplicar la trica.

Se decidió que todos los cursos desaprobados por los estudiantes en los cuatro últimos semestres, podían ser aprobados rindiendo un solo examen cuya nota sería la nota final del curso. Resulta obvio entender que entre los estudiantes que se presentaron al examen de aplazados, estaban todos los que habían repetido dos y tres veces el mismo curso y, en consecuencia, su matrícula sería restringida o ellos serían suspendidos por un año.

Este es el problema que se quiso resolver el año 2018 con el examen de aplazados. Lamentablemente la autoridad universitaria no se ha molestado en informar los resultados de esta "experiencia". ¿Fue positivo?

Pensamos que no. El examen de aplazados genera incentivos perversos de todo tipo y desde todo ángulo. Pero, tal vez, el más perverso de ellos es el mensaje que recibe un estudiante que hizo todos los esfuerzos por aprobar un curso y lo aprobó con 10.2, cuando se entera que su compañero, que no rindió la mayoría de las pruebas o tuvo notas desaprobatorias en la mayoría de las pruebas, obtuvo la nota 13 con el examen de aplazados. La conclusión es bastante obvia: es mejor no estudiar que estudiar, si al final tienes un examen de aplazados. É

¿Qué pasó el 2023, cinco años después, que llevó a las autoridades, que no son las mismas, a aprobar nuevamente un examen de aplazados? El Reglamento no presenta ninguna exposición de motivos. El reglamento del examen de aplazados del 2023 es casi una copia completa del reglamento del examen de aplazados del 2018

Pero algo muy importante ocurrió entre el 2020 y el 2022 la UNI y en todas las universidades de nuestro país y también en las universidades de muchos países en el mundo. La UNI se vió obligada a implementar una modalidad de enseñanza para la que no estaba preparada, la no presencialidad, la modalidad que en este blog hemos llamado presencialidad virtualizada

¿Los resultados académicos resultantes del cambio de modalidad de enseñanza generaron un fuerte incremento en las tasas de desaprobados por curso? 

Todo indica que no. Más bien es al contrario. En este blog hemos publicado el comportamiento de las notas promedio finales por curso entre el 2012 y el 2019, modalidad presencial, y entre el 2020 y el 2022, modalidad de presencialidad virtualizada. 

En el período 2020 a 2022 las notas promedio son superiores a todo el período anterior, en la mayoría de las 28 escuelas analizadas. Y es de destacar que la nota promedio más alta en la gran mayoría de las escuelas analizadas, para el período 2012-2022 fue la que se obtuvo en el semestre 2020-1, el primero que no fue presencial. En consecuencia, no fue el comportamiento negativo de las notas la causa que motivó un nuevo examen de aplazados. 

¿Qué razones tuvo, entonces, la autoridad universitaria para aprobar un nuevo "perdón académico". ¿Por qué una nueva oportunidad para los que desaprobaron cursos en los últimos cuatro semestres?

No les interesó que con este tipo de examen se generen incentivos perversos.

Pero tenemos que reconocer que las autoridades académicas pretendieron colocar un freno a este desenfreno. El reglamento del 2018 como el reglamento del 2023, dicen que la nota aprobatoria, la que puede borrar todo el pasado académico negativo del estudiante, va de 10, el mínimo aprobatorio en la UNI, a 13. Veamos.

El art. 9 corresponde al Reglamento del 2018 y el art. 8 corresponde al Reglamento del 2023. Ambos dicen lo mismo. La calificación es en la escala vigesimal, vale decir, el Docente califica el examen de 0 a 20. Pero tiene una restricción "fuerte": la nota mínima aprobatoria es 10 y la máxima aprobatoria es 13.

De acuerdo con algunos dirigentes estudiantiles, eso significa que el Reglamento nos obliga a registrar 13 si el alumno, en la escala vigesimal obtiene la nota máxima de 20. De esta manera se convierte la nota máxima de la escala vigesimal, de 20 a 13, para el examen de aplazados. Allí acudimos a la herramienta empleada por Al Jwarizmi hace más de mil años.

¿Y qué ocurre con cualquier nota diferente a 20? Todas las notas, en la escala vigesimal, de 10 a 20, son notas aprobatorias (¡¡!).

Si el estudiante obtiene una nota aprobatoria, en la escala vigesimal, entre 10 a 13, el Docente, tiene la obligación de registrar esa misma nota. Pero si el estudiante obtiene, en la escala vigesimal, una nota entre 14 y 20, entonces el Docente tiene la obligación de registrar la nota de 13. Finalmente, si el estudiante obtiene una nota desaprobatoria, en la escala vigesimal, se queda con esa nota desaprobatoria.
 
Curiosa interpretación del Reglamento por parte de algunos dirigentes estudiantiles. Una interpretación que discrimina a los estudiantes que obtuvieron notas altas frente a los que obtuvieron notas bajas. Si un estudiante obtiene una nota 20, el Docente tiene que quitarle 7 puntos para registrar su nota, pero si obtiene la nota 10, no le quita ningún punto. El Reglamento no establece ninguna discriminación en las notas. Se limita a decir que las notas aprobatorias no pueden ser mayores a 13. La autoridad académica ha pretendido, el año 2018 y ahora, el año 2023, que con el examen de aplazados no terminen con notas altas quienes en el curso regular terminaron con notas desaprobatorias. La nota máxima de 13 pretende que nadie tenga una nota, por ejemplo de 20, con un examen de aplazados. 

¿Cómo entonces se deben registrar las notas? Muy sencillo, el que obtiene una nota de 20, obtiene la nota de 13 y todas las otras notas diferentes a 20 siguen el mismo comportamiento sin ninguna discriminación. Basta emplear la herramienta que Al Jwarizmi utilizaba hace más de mil años: la regla de tres simple. 

¿Qué nota se registra para el estudiante que obtuvo 13? Pues 08. El que obtuvo 20 pierde 7 puntos y el que obtuvo 13 pierde 5 puntos. Y al que obtuvo la nota 10, se le registra la nota 7. 

¿A quién se le registra la nota mínima aprobatoria de 10? Al que obtuvo 15 en la escala vigesimal.

El Reglamento no discrimina, no me obliga a discriminar, y si lo hiciera, haría exáctamente lo mismo que hice al registrar las notas y que dió lugar al reclamo de 9 estudiantes, 7 de los cuales presentaron su reclamo formal y obtuvieron 7 rechazos formales de mi parte. ¿Por qué? por que la ley de leyes dice que nadie debe ser disciminado.

El art. 2 del capítulo I del Título I de la Constitución, dice textualmente:

Toda persona tiene derecho: 3. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.

El examen de aplazados es un generador de incentivos perversos. No debió aplicarse el 2018 y tampoco el 2023.