lunes, 24 de enero de 2022

2021 III: CICLO DE NIVELACIÓN PERO NO DE AVANCE (INCENTIVOS PERVERSOS)

Incentivos Perversos

Hoy empiezan las clases para el semestre académico 2021 III, mejor conocido como Ciclo de Nivelación y antes conocido como Ciclo de Nivelación y Avance. ¿Cuál es la diferencia entre estos dos nombres? ¡El avance

En el primer caso se trata de nivelarse y el requisito para participar es haber sido desaprobado en una asignatura y la Universidad te alcanza la oportunidad de nivelarte, de aprobarlo en el verano. El segundo caso es más amplio que el primero, incluye a quienes quieren avanzar cursos de su carrera profesional porque su récord académico, en el semestre precedente, es bueno. En ambos casos se trata de incentivos para los estudiantes. Si perdiste puedes nivelarte si aprobaste puedes avanzar.

En el caso de los estudiantes que avanzan cursos en el verano, este incentivo les abre la posibilidad de terminar la carrera antes. Si puedes llevar dos cursos adicionales en el verano, es factible terminar la carrera en cuatro y no cinco años.

Si asumimos, de forma muy simplificada, que una carrera es el resultado de aprobar 50 cursos y que en cada semestre se pueden llevar 5 , en 5 años se termina la carrera. Si los estudiantes con récord 100% aprobatorio tienen la opción de llevar dos cursos adicionales en el ciclo de avance (CA), el ciclo de verano, entonces pueden terminar la carrera en cuatro años.

Al revés, si asumimos , de forma muy simplificada, que una carrera es el resultado de aprobar 50 cursos y que en cada semestre se pueden llevar 5 y un estudiante pierde 2 en el segundo semestre de cada año, entonces puede terminar la carrera en cinco años gracias al ciclo de nivelación (CN), gracias al ciclo de verano.

El CN es un incentivo para los estudiantes que por diversas razones, incluyendo su bajo rendimiento académico, pueden completar su carrera en el período esperado. El CA es un incentivo para los estudiantes que gracias a su alto rendimiento académico, pueden completar su carrera en un período menor al período formal.

Sin embargo se ha tomado la decisión de generar incentivos mediante el CN y no mediante el CA o mediante el ciclo de nivelación y avance (CNA). Lamentable decisión. 

La Ley Universitaria, 30220, parece prohibir los cursos de verano. El último párrafo del art. 40 dice, textualmente 

Los estudios de pregrado comprenden los estudios generales y los estudios específicos y de especialidad. Tienen una duración mínima de cinco años. Se realizan un máximo de dos semestres académicos por año.

El art. 40 señala también, que los estudios de antegrado tienen una duración mínima de 5 años con, al menos, 35 créditos de estudios generales y, al menos, 165 créditos de estudios de especialidad. En consecuencia, el antegrado debe tener, al menos, 200 créditos en 10 semestres académicos. 

Por lo tanto el ciclo de verano no es un semestre académico y sus resultados, las notas obtenidas en cada curso, tienen que ser oficializadas en otro semestre académico.

Si revisamos el reglamento del ciclo de verano nos encontramos que tampoco se trata estrictamente de un ciclo de nivelación, es decir de un ciclo dirigido a aquellos estudiantes de bajo rendimiento académico. 

El reglamento establece una matrícula de hasta dos cursos. ¿Qué cursos? El art. 21 fija las prioridades para la matrícula. La prioridad 1 es para los estudiantes con uno o dos cursos desaprobados dos veces. La prioridad 2 para los estudiantes con un curso desaprobado 2 veces y el otro 1 vez. Hasta aquí queda claro que se trata de nivelar al estudiante de bajo rendimiento académico, que ha desaprobado uno o más cursos.

Sin embargo la prioridad 3 es para el estudiante con un curso desaprobado dos veces y otro con primera matrícula. Se trata de alumnos que no han desaprobado un curso y que pueden llevarlo en el verano. La prioridad 4 es para los estudiantes con uno o dos cursos desaprobados por primera vez. La prioridad 5 es para el alumno con un curso desaprobado por primera vez y otro con primera matrícula. Y, finalmente, la prioridad 6 le permite al estudiante matricularse en un curso o en dos cursos con primera matrícula.

De las seis prioridades, la mitad de ellas permite al estudiante avanzar en uno o dos cursos con la única condición que pertenezcan a semestres atrasados. En estos tres casos, también se trata de estudiantes de bajo  rendimiento académico.

¿Qué ocurre con el estudiante de bajo rendimiento académico que pierde uno o dos cursos en el ciclo de verano? Nada. Solo tiene la obligación de matricularse en el o los cursos que pierde en el siguiente semestre académico. 

Aquí se siente la presencia de incentivos perversos: si tienes bajo rendimiento académico te ofrecen incentivos para recuperarte pero si tienes un alto rendimiento académico te impiden avanzar. ¿Por qué?

Pero ¿por qué no se considera en estos ciclos de nivelación a los estudiantes de alto rendimiento académico que pueden avanzar dos cursos en su carrera en el verano y terminar sus estudios antes de los 5 años oficiales?

Pero hay o pueden haber otros personajes dentro de este problema de la presencia de incentivos perversos. Hace algunos años alguien descubrió que la tasa de aprobación de los cursos en el ciclo de verano era tan alta como la de los mismos cursos en el primer semestre académico, pero la tasa de desaprobación de los mismos cursos era muy alta en el segundo semestre, y que el profesor resultaba siendo el mismo. 

Allí están todos los ingredientes reunidos para una buena torta.

Para encontrar una explicación a esto hay que añadir que los profesores en el ciclo de verano reciben un sueldo aparte de su sueldo normal. El ciclo de verano está fuera de la gratuidad de la enseñanza y los estudiantes tienen que financiarlo. Todos los costos, y el más importante, el de los profesores, es cubierto por los estudiantes. No sostengo que existe allí una causalidad, habría que probarlo pero la Universidad no permite el acceso a la dato; pero me queda claro que existe una  correlación positiva.

Si la demanda se genera como consecuencia de la desaprobación, y la tasa de desaprobación es estacional, habría que investigar a fondo el problema.

El ciclo de verano es muy difícil por las condiciones en las que se desarrolla. El curso regular que se desarrolla en 16 semanas se desarrolla en 8 semanas en el ciclo de verano, pero los contenidos son los mismos y el sistema de evaluación es el mismo. En breve: es un curso intensivo y si el estudiante de bajo rendimiento no lo aprobó en el período regular, qué probabilidades tiene de aprobarlo en un período intensivo?

De otro lado, ¿todos los estudiantes de bajo rendimiento que hoy están iniciando sus clases del ciclo de nivelación son responsables de no haber aprobado sus cursos en el semestre regular? Recordemos que van dos años que los cursos se llevan adelante de manera remota en una universidad que no estaba, y todavía no lo está, preparada para la educación remota. 

La Universidad decidió en diciembre del 2014, que el porcentaje de créditos de antegrado en la modalidad a distancia sería CERO. Esto fue en diciembre cuando había que adecuar el Estatuto a la nueva Ley. Y la nueva Ley en su Art. 47 establecía que 

Los estudios de pregrado de educación a distancia no pueden superar el 50% de créditos del total de la carrera bajo esta modalidad. Los estudios de maestría y doctorado no podrán ser dictados exclusivamente bajo esta modalidad.

Así como una alta tasa de desaprobación en un curso en el segundo semestre académico, crea la demanda del ciclo de verano, así también un porcentaje de créditos mayor a cero en la modalidad a distancia crea la demanda por capacitación en educación a distancia, la demanda por implementación de plataformas y la demanda por desarrollo de cursos.

Pero si el porcentaje es cero éstas demanda serán cero. Eso fue en diciembre del 2014.

Entonces llegó el COVID 19 y el años 2020, de la noche a la mañana, el 100% de los cursos de antegrado se convirtieron a distancia. El método empleado fue muy sencillo: virtualizar la presencialidad¡ 

Desde las clases de los profesores que dictan sus cursos con pizarra y plumón, pero frente a la cámara de su ordenador, pasando por las evaluaciones donde el estudiante recibe una pregunta del profesor y un tiempo para responder y el alumno escribe su respuesta en un papel, le toma una foto y se la envía al profesor, hasta el registro de asistencia, todas las actividades que antes eran presenciales, ahora son virtuales.

Pero eso no es educación a distancia. El grosero error de la Universidad de diciembre del 2014 no ha sido corregido. Hay estudiantes que ya han completado el 40% de su carrera y no conocen la Universidad y hay estudiantes que ya terminaron el 40% que les restaba de su carrera sin haber pisado la universidad estos dos últimos años.

¿Se ha realizado una evaluación de lo actuado en los últimos cuatro semestres? ¿Cuál es la tasa de desaprobación por curso empleando la modalidad a distancia comparada con la modalidad presencial? ¿Son los estudiantes los únicos responsables de desaprobar los cursos? ¿Cuánta responsabilidad nos corresponde a los profesores? ¿los estudiantes de alto rendimiento deben ser perjudicados excluyendolos del ciclo de verano por ser buenos estudiantes?





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